Yo tenia un contrato a termino indefinido me despide sin justa causa por una discucion mas personal que laboral

Saludos:
En un eventual proceso judicial, ante la afirmación que el despido fue sin justa causa, debido a una discusión de carácter personal; le corresponderá al ex empleador demostrar que el despido fue justificado (en el caso que decida negar la ilegalidad del despido), para lo cual la única prueba válida sería una carta de terminación de contrato, en la cual el ex empleador justificaría la razón del despido, razones que no pueden ser diferentes a las consignadas en los Artículos 62 y 63 del Código Sustantivo del Trabajo, verificándose además el cumplimientos de los procedimientos para dicho despido, cómo podría ser el caso de un acta de descargos.
Otra forma de demostrar judicialmente la pretendida legalidad del despido, es una carta de renuncia, la cual obtienen algunos maquiavélicos empleadores de forma ilegal al hacer firmar documentos en blanco por lo general al momento de firmar el contrato de trabajo.
Así las cosas, una conciliación ante el Ministerio del Trabajo, si bien no es requisito indispensable para demandar a la empresa por sus violados derechos, si sirve para determinar la posición de la empresa ante la exigencia de las cifras de dinero se consideren adeudada por concepto de liquidación de prestaciones sociales y las respectivas indemnizaciones a que hubiese a lugar.
Liquidación que para el día de la audiencia de conciliación ante el Mintrabajo, debe presentar usted de manera precisa.

Deberá probarse que efectivamente el despido fue sin justa causa, para determinar si usted tiene derecho a una indemnización.
Le fue cancelada su liquidación?
Agradezco nos amplíe la información.
Efectivamente se puede citar al empleador al Ministerio de Trabajo, para buscar un acuerdo con el mismo frente a su situación. saludos.

Lo líquido ?
Le indemnizo ?
Debe probarse una justa causa veo que una discusión no es una justa causa habría que analizar un poco más el tema pero creo no veo como usted lo dice unas justa causa, ahora el empleador puede despedir sin existir justa causa pero deberá indecnizar al trabajdor

Las causales para terminar el contrato de trabajo están claramente definidas en la Ley.
Requerimos de mayor información, para determinar si se ajusta a derecho y si en la liquidación se incluyo la indemnización respectiva.
Cordial saludo,
FGaitan