¿Tengo derecho a indemnización en un contrato de la obra o labor?

Buen día,
En el contrato por labor u obra también existe una fecha de finalización, la situación es que no es exacta sino que debe estar "estimada" según la obra que se pretenda desarrollar (una construcción, el cubrimiento de una licencia, etc.)
Respecto a la indemnización el articulo 64 del C.S.T establece: "...o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días". Lo anterior significa que si su contrato de trabajo es finalizado sin justa causa deberán cancelarle a titulo de indemnización los días que faltaren para cumplirse la obra contratada, lo cual según la ley, en ningún caso podrá ser inferior a 15 días de salario.
Atentamente,
Johan Florez
Abogado especialista en Laboral y Seguridad Social