Según decreto 758 de 1990 ¿tengo derecho al 90% del salario promedio para mi cuota mensual de jubilación?
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Contestado
hace 9 años
En base a su pregunta no conociendo el caso, es de indicarle que la ley 33 de 1985 en su artículo 1o reza:
El empleado oficial que sirva o haya servido veinte (20) años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio que sirvió de base para los aportes durante el último año de servicio.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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