Reevaluacion de la cuota

Cordial saludo.
Efectivamente usted puede iniciar un proceso ejecutivo por alimentos ante los Jueces de Familia, teniendo como soporte el acta firmada en el año 2010 por el padre del menor, allí los llamaran inicialmente a conciliar y si no se concilia se continuúa el proceso hasta una sentencia condenatoria para el padre. De otro lado puede iniciar el proceso de perdida de patria potestad en contra del padre sin que por ello pierda sus obligaciones para con el menor.

Buenas Tardes, de acuerdo a la información brindada se puede iniciar un proceso ejecutivo en el cual perseguimos los bienes muebles, inmuebles o salario del padre del menor con el objetivo de conseguir el pago de las cuotas adeudadas desde el 2010. En David Rodríguez estamos prestos a brindarte la mejor asesoria y acompañamiento.