¿Puedo tomar la vía civil ordinaria una vez ya haya agotado la vía penal?
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Parrado Ochoa Holguín Abogados
Abogado de Medellín especializado en Derecho Internacional
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Contestado
hace 7 años
Gracias por su mensaje. Con el acta de conciliación puede acudir a la jurisdicción de familia para demandar ejecutivamente el cobro de la obligación. Estaré gustoso de poder ayudarle. GONZALO A. PARRADO. Firma PARRADO OCHOA HOLGUIN ABOGADOS. Medellín - Miami
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