¿Puedo solicitar indemización?

Abogados
Abogado de Bogotá especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes. Si renuncia voluntariamente, no tiene derecho a ninguna indemnización. Contrate un abogado. Ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia. Si usted llega a ser despedida por su empleador, se presume que el despido se ha efectuado por motivo de lactancia, cuando ha tenido lugar dentro de los tres meses posteriores al parto, y sin autorización del Ministerio de la Protección Social.
Si la despiden en lactancia y sin autorización del Ministerio, tendrá derecho al pago de una indemnización equivalente a los salarios de sesenta (60) días, fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que hubiere lugar de acuerdo con el contrato de trabajo y, además, el pago de las doce (12) semanas de descanso remunerado, si no lo ha tomado.

Usted cuenta con una protección legal, sin embargo es importante conocer el tipo de contrato, el acoso sufrido, etc.
Si me puede ampliar la información, con gusto tratare de ayudarle.
Cordial saludo,
FGaitan

No vaya a renunciar, porque pierde su derecho a indemnización, si puede denunciar la situación presentada ante el Inspector de Trabajo para que investigue el caso