¿Puedo recibir una indemnización de una EPS porque mi hijo no recibe tratamiento adecuado?

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Usted podrá exigir indemnizaciones una vez pueda determinar la ocurrencia de daños y perjuicios tanto materiales como morales, derivados de las acciones u omisiones de la E.P.S. Lo anterior en el marco de un proceso de responsabilidad civil.
En cuanto a los medicamentos y el debido tratamiento de su hijo, lo ideal es exigirlo vía tutela, solicitando al Juez que corresponda, entre otros, el amparo de sus derechos fundamentales a la Salud, Vida Digna y a la Vida, e ir proyectando paralelamente el respectivo incidente de desacato.
Con gusto asumiremos la defensa de intereses, contacto: 3126666863 e-mail: perezhernandezabogados@gmail.com

Indemnización según el daño efectivamente comprobado. Lo mas recomendable es que continúe con el desacato de tutela. Mi especialidad es daños en estudiantes de colegio público, en presos, y en soldados del servicio obligatorio, y accidentes por vías en mal estado sin señalizar. Respetuosamente, Jhasua Berrío. cel 313 / 416 / 30 / 20.