Puedo quitarle el apellido a mi hijo de su padre

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho de Familia
Cordial saludo, usted puede acudir a notaría para realizar el procedimiento, pero esto debe hacerlo de mutuo acuerdo con el padre del menor. Esto sin embargo no implica que los derechos y los deberes del padre terminen.
Somos un despacho jurídico experto en asuntos de derecho de Familia, podemos ayudarle en su caso. Contáctenos, para recibir asesoría personalizada.
Somos abogados de Divorcio en Bogotá, atendemos asuntos de divorcio de común acuerdo (express), con hijos, sin hijos, divorcio civil y cesación de efectos civiles del matrimonio católico (divorcio católico o religioso), divorcio sin acuerdo (divorcio contencioso).
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Acudir ante Notaria junto con el padre o madre biológico(a) del niño(a), y de común acuerdo, mediante escritura pública, suprimir o modificar el apellido que se desee, no implicando ello que se modifique la relación de parentesco del padre o madre para con el hijo al que se le modifica su apellido.
para quitarle la patria potestad al padre o madre de mi hijo(a) ya que no ha respondido nunca por su cuidado, es el Juez de Familia, dentro de un proceso de privación de patria potestad, quien determina en cada caso concreto, si resulta viable y benéfico o no para el niño dicha privación.
La Ley determina que se puede privar, entre otras causas, por las siguientes causas:
Maltrato habitual
Haber abandonado al hijo
Depravación
Estar privado de la libertad por un periodo superior a una año
Haber utilizar al hijo para la comisión de un delito
La privación de la patria potestad no hace que la obligación de dar alimentos termine, por lo que el padre o madre obligada(a) a cumplir con ella deberá continuar aportándola.