Que puedo hacer ?????

Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Abogado de Bogotá especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Apreciada usuaria. La respuesta a su consulta es SI., Lo procedente en el caso que nos postulas es realizar un sub- proceso de intervención administrativa, teniendo por convocada a la deudora, a objeto de que en respectiva audiencia ante los funcionarios delegados para asuntos civiles y/o comerciales de la Procuraduría General de la Nación se ventile el asunto, se presenten formulas de arreglo, se agote el requisito de procedibilidad y se indague sobre la verdadera voluntad de pago de la deudora. Terminada la audiencia se levanta el acta respectiva que vinculará las formulas de pago o la negativa de cumplimiento, nuevo escenario en el que usted podrá proceder a ejecutar ante el poder judicial la obligación, a objeto de lograr la recuperación de su dinero. Contáctenos para información de costos y procedimiento a nuestro correo electrónico: asistenciajudicialdevoument@gmail.com para nosotros será un privilegio apoyarla en su caso. Atte., Grupo Devoument Abogados S.A., Desde 1994, protegiendo el patrimonio empresarial y de familia de los Colombianos.

Lo que se debe hacer es constituir la prueba del prestamo, para luego si iniciar el proceso de cobro, existen varios mecanismos, lo invitamos a ponerse en contacto con nosotros para mayor información