¿Puedo cobrar como inquilino el destrate?

Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Abogado de Bogotá especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Apreciado Usuario. Son causales para que el arrendador pueda pedir unilateral-mente la terminación del contrato, las siguientes:1. La no cancelación por parte del arrendatario de las rentas y reajustes dentro del término estipulado en el contrato.2. La no cancelación de los servicios públicos, que cause la des-conexión o pérdida del servicio, o el pago de las expensas comunes cuando su pago estuviere a cargo del arrendatario.3. El subarriendo total o parcial del inmueble, la cesión del contrato o del goce del inmueble o el cambio de destinación del mismo por parte del arrendatario, sin expresa autorización del arrendador. 4. La incursión reiterada del arrendatario en procederes que afecten la tranquilidad ciudadana de los vecinos, o la destinación del inmueble para actos delictivos o que impliquen contravención, debidamente comprobados ante la autoridad policial. 5. La realización de mejoras, cambios o ampliaciones del inmueble, sin expresa autorización del arrendador o la destrucción total o parcial del inmueble o área arrendada por parte del arrendatario.6. La violación por el arrendatario a las normas del respectivo reglamento de propiedad horizontal cuando se trate de viviendas sometidas a ese régimen. Entre otras. - CONSULTE LA LEY 820 DE 2003- y trate adecuar su situación a lo que indica la ley para saber como actuar legalmente. ATTE. GDA.