Que puede hacer un padre ante una demanda por alimentos

con mucho gusto, se ha vuelto costumbre convertir a las fiscalias en despacho de familia. el lugar done se fijan las cuotas alimentarias es en la jurisdicción de familia y estas se empiezan a devengar a partir de la fijación provisional que se hace, por tanto si no tiene cuota alimentaria fijada por la ley no puede haber denuncia penal, ahora si tenía cuota asignada y no la pago debe pagarla, porque si no estaba el hijo a debido abrirle una cuenta y cencelarle mensualmente. ahora tampoco la fiscalía es el lugar idóneo ni competente para cobro de deudas y fijar intereses ni mas faltaba. si desea asesoría personalizada con mucho gusto orlandorozco@hotmail.com

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Efectivamente usted tiene el deber de alimentos, sin embargo no es la fiscalía el órgano competente para realizar este tipo de cobros, habitualmente esta amenaza con denunciar en fiscalía, es más una herramienta intimidatoria y en caso de que se iniciara en su contra un proceso ante un juzgado de familia, usted también sería escuchado en el proceso.
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