¿Qué pasa si no puedo afrontar los gastos alimentarios?

De acuerdo a la ley 1098 se presume que el padre gana el salario mínimo, por tal motivo la cuota esta en 150 mil pesos, cuando se concilia si no se llega a ningún acuerdo se fija la cuota provisional por parte del conciliador y si no la paga comete el delito de inasistencia alimentaria. Ahora si fue a Fiscalía es porque existió ya una conciliación y usted no pago durante ese tiempo la manutención, y claro si no paga sale condenado, lo de ir a la cárcel no lo se depende del juez. Usted nunca a pagado ni un peso para su hijo y la ley castiga esa situación, así que lo mejor es que llegue a un acuerdo con la mamá y se ponga juicioso a consignar lo que concilió.

Nadie esta obligado a lo imposible, la cuota alimentaria se fija de acuerdo a sus condiciones económicas y las necesidades del menor, adicionalmente los alimentos no son retroactivos, requiere contratar los servicios de un abogado para que pueda ejercer su defensa, podemos asesorarlo(a) en el tema, si esta interesado en nuestros servicios, favor envíenos una solicitud de información.