¿Qué pasa con el incumplimiento?
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Contestado
hace 8 años
Ud, podrá denunciarlo penalmente por el delito de inasistencia alimentaria y proceder al embargo y posterior secuestro de los bienes del alimentante, igualmente podrá proceder ante la jurisdicción de familia donde igualmente podrán embargarle y secuestrarle los bienes para garantizar el pago de los alimentos. En ultima instancia si el alimentante se oculta, podrá perseguir a los abuelos paternos y cobrar a estos el pago de los alimentos.
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