Normas sobre la presentación de un poder
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KARINA DEL CARMEN SANCHEZ HERNANDEZ
Abogado de Cartagena especializado en Derecho Laboral
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Contestado
hace 11 años
buenas para responder tu pregunta sobre los poderes en general para que sean estos validos ante la ley deben ser autenticados por esta razón el Código de Procedimiento Civil. Artículo 65: expresa que los poderes generales para toda clase de procesos y los especiales para varios procesos separados, sólo podrán conferirse por escritura pública.
En los poderes especiales, los asuntos se determinarán claramente, de modo que no puedan confundirse con otros.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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