A mi hija la atropelló una moto, ¿qué debo hacer?

Grupo Patrick y Avellaneda Inmobiliaria. Desde 1995. Su éxito en Finca Raíz y de Negocios es Nues...
Abogado de Fusagasuga especializado en Derecho Penal Económico
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Conciliar NO es obligatorio, solo es un mecanismo alterno a la solución de conflictos que permite evitar congestión judicial y reparación pronta del daño causado. Ahora, sino concilia, el proceso continua hasta que se dicte una sentencia condenatoria o absolutoria, o en su defecto se archive la investigación por falta de pruebas, pero definitivamente NO hay sanciones jurídicas por no conciliar por que la conciliación es VOLUNTARIA, no se afane. Consulte en Internet la ley - 640 de 2001. - Atte. GPA.

es un delito culposo, pero como todo delito la persona que lo sufre tiene derecho a la reparación, los derechos de las victimas son a la verdad, justicia y la reparación y si el quiere reparar no veo porque no aceptar, lo que pasa es que se archiva el proceso ahora si no lo hace el proceso sigue y hay preclusión o la sanción es minima, por cuanto el señor de la moto no iba en estado de embriaguez.