Mensualidad de dos niños

Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Abogado de Bogotá especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Apreciada usuaria. Reciba cordial saludo. Conforme a la postulación de su caso y analizadas las diferentes situaciones que usted menciona, le manifestamos lo siguiente: En primer lugar es importante que usted y sus hijos reciban apoyo de psicología en su EPS, pida consulta en medicina general para que sea remitida a seguimiento y terapia psicológica familiar, especialmente por que usted debe fortalecerse emocionalmente primero para poder lidiar con asuntos de carácter judicial futuro y seguidamente se deben crear las pruebas que defenderán su caso, tenga presente que la violencia psicológica se traduce en violencia intrafamiliar y violencia contra la mujer, conductas sancionada por la ley 294 de 1996 y la 599 de 2000 art 229. Los valores de cuotas alimentarias se tasan conforme a los ingresos del demandado ante los Jueces de Familia o en su defecto ante la Fiscalia previo inicio de accion penal por el delito de inasistencia alimentaria. Ahora si usted tiene sociedad conyugal vigente y el inmueble de donde usted fue retirada, fue adquirido durante su union legal, en efecto le corresponde el 50% de la renta y de la propiedad de la casa. Ud debe cuanto antes dar poder de representación a nuestra firma de abogados para inicio de acciones legales previo acuerdo de honorarios, a objeto que los términos de prescripción para inicio de acciones penales quesean menester no se venzan. Aunado a lo anterior debe usted también organizar jurídicamente, su divorcio, separación de bienes, custodia y régimen de visitas de los menores y por supuesto la cuota de alimentos legales. No dude en consultarnos vía correo electrónico o a nuestro facebook. Sinceramente: Grupo Devoument Abogados S.A.

la ley establece que la Cuota Alimentaria puede ser hasta el 50% de su salario mensual, proporcionalmente según el número de hijos que el padre o madre obligado a dar alimentos tenga.
Los alimentos no solo hacen alusión a la comida, comprenden la vivienda, arriendo, servicios, educación, salud, vestuario, recreación, alimentación, transporte y todo lo necesario para el desarrollo integral del niño(a).
Puede ser acordada de mutuo acuerdo en un centro de conciliación o comisaria de familia, pero si no hay acuerdo debe fijarse judicialmente por medio de apoderado, podemos representarla en ambas posibilidades, póngase en contacto con nosotros.