Me pueden sacar a la fuerza sin antes notificarme desde un juzgado el proceso de restitucion de un inmueble comercial?
Respuestas de otros profesionales:
Basic

CONSULTORIO JURIDICO INTEGRAL - Bufete de Abogados INTEGRITY LEGAL
Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil
VER PERFIL
Contestado
hace 11 años
Cordial saludo, somos el bufete de Abogados, Consultorio Jurídico integral, de la ciudad de Medellín, podemos ayudarle en su caso. Contáctenos, para recibir asesoría personalizada: juridico@colombia.com
Evidentemente el hecho de que usted se encuentre en mora en el pago de los cánones de arrendamiento genera un incumplimiento del contrato por su parte, sin embargo el proceso de restitución del inmueble no es inmediato, es decir si su mora es de un mes le recomendamos consultarnos para hacer un acuerdo con el arrendador y no permita que por parte de él se vulneren y violen sus derechos. Consúltenos: juridico@colombia.com
Esperamos que su caso se resuelva favorablemente. Estamos para servirle.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado