Me pueden embargar mi casa con afectacion familiar
Respuestas de otros profesionales:
Basic

Grupo Patrick y Avellaneda Inmobiliaria. Desde 1995. Su éxito en Finca Raíz y de Negocios es Nues...
Abogado de Fusagasuga especializado en Derecho Penal Económico
VER PERFIL
Contestado
hace 10 años
Un bien inmueble constituido como patrimonio de familia es inembargable; mientras que en la afectación a vivienda familiar, por regla general el bien es inembargable pero, se podrá embargar cuando previamente se haya constituido hipoteca sobre el bien y cuando la hipoteca se haya constituido para garantizar prestamos para la adquisición, construcción o mejora de vivienda. La constitución del patrimonio de familia se encuentra consagrado por la ley 70 de 1931, mientras que la afectación a vivienda familiar la regula la ley 258 de 1996. Revíselas. Atte. GPAA.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado
Basic

Contestado
hace 10 años
No. La afectación es una figura jurídica que protege el inmueble.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado