¿por qué me despidieron?

Abogados
Abogado de Bogotá especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes. Podemos asesorarlo pero la demanda la tendríamos que presentar en Bogotá, en atención a que usted se encuentra en Atlántico. Lo invitamos a a contactarnos. Debe verificar si contaba con un fuero especial que impide la eficacia de su despido, y que esta consagrado en la ley 1010 de 2006.
Artículo 11. Garantías contra actitudes retaliatorias. A fin de evitar actos de represalia contra quienes han formulado peticiones, quejas y denuncias de acoso laboral o sirvan de testigos en tales procedimientos, establézcanse las siguientes garantías:
1. La terminación unilateral del contrato de trabajo o la destitución de la víctima del acoso laboral que haya ejercido los procedimientos preventivos, correctivos y sancionatorios consagrados en la presente Ley, carecerán de todo efecto cuando se profieran dentro de los seis (6) meses siguientes a la petición o queja, siempre y cuando la autoridad administrativa, judicial o de control competente verifique la ocurrencia de los hechos puestos en conocimiento.

Usted tiene derecho a ser indemnizado según el tipo de contrato por el cual fue vinculado, adicionalmente, el empleador deberá estar paz y salvo con la totalidad de más acreencias laborales al momento de concluir la relación laboral.
Con gusto asumiremos la defensa de sus intereses.
Contacto: 3126666863
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