Me demandaron por inasistencia alimentaria ¿puedo conciliar antes de la sentencia?

Si hasta antes de la sentencia se puede conciliar.pero si se puede antes de la
Imputación mucho mejor porque esta lo enlaza en una investigación después de la imputación viene la acusación ante otro juez que no es el de la imputación,porque imputar es sinónimo de investigación o es el comienzo de la investigación quedando ud vinculado y después ante el conocimiento probar porque se sustrajo, o si no quedaria inmerso en una sentencia, es aconsejable la conciliación para evitarse el proceso

el paso a seguir es pagar los alimentos, no hay mas que hacer, para eso es la conciliacion en la comisaria de familia i esta fracasa el comisario fija la cuota provisional, entonces esa no es excusa, debe primero fijarse la cuota y esta se hace en comisaria de familia el fiscal no es el competente para fijarla.