Me deben dinero de una deuda de luz y no me quieren pagar

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Abogado de Bogotá especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Apreciado usuario. Las deudas cualquiera se su índole, clase o valor siempre podrán ser recuperadas o exigir su pago si usted ha hecho los requerimientos necesarioS y si la misma esta constituida de forma clara, expresa y exigible. Así las cosas usted podrá iniciar las acciones legales que la ley le concede, como son en primer lugar agotar el proceso de conciliación ante una notaria, personería, procuraduria, consultorio jurídico universitario o cámara de comercio de su localidad, teniendo en cuenta que algunas tienen costo y otras no por el servicio del procedimiento de intervención sub proceso de conciliación. Ahora si agotada esta etapa extra - judicial, los deudores no acceden a pagar la obligación, podrá usted dar inicio a la acción ejecutiva judicial, que busca, por medio de un mandamiento de pago, le cumplan con el pago de la deuda; con el agravante para el deudor que usted podrá solicitar al Juez el embargo y secuestro de bienes muebles o inmuebles, que puedan de algún modo suplir la deuda. Otorgue poder de representación a su firma de abogados y proceda conforme a esta recomendación. Si desea contratar nuestro servicios escribanos a nuestro correo electrónico o visite nuestra pagina en Facebook GRUPO Devoument Abogados S.A. Sinceramente el equipo de Grupo Devoument Abogados S.A.

Concuerdo con mi colega