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Letra de cambio firmada por 5 millones de pesos

buenas noches , agradezco si me pueden colabor.

En Bogota Colombia, Preste una plata a nombre de otra señora la letra esta firmada por la persona responsable de pagar y mi persona como fiadora , la letra esta por 5 millones de pesos y el deudor solo ha pagado un millon setesientos mil pesos el total de la deuda a pagar es 6 millones con un millon de interes a pagar en 20 cuotas el cual solo ha pagado hasta el mes de octubre del año pasado la letra esta desde mayo del año pasado, el señor no quiere pagar que se puede hacer ?? gracias

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JTP ABOGADOS

JTP ABOGADOS

Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil General

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Contestado hace 11 años

Si el deudor no da cumplimiento con los plazos establecidos y si la letra de cambio fue diligenciada en debida forma, es viable dar inicio a un proceso ejecutivo ante el Juez Civil del domicilio del deudor, cabe mencionar que se debe tener claridad respecto a los bienes que se encuentren en cabeza del mismo o donde labora, lo anterior, con el fin de solicitar dentro del proceso el embargo de estos, para garantizar el pago de la obligación.

Si desea mayor información, puede contactarnos para agendarle una cita.

Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Contestado hace 11 años

Apreciado usuario, el incumplimiento en el plazo del pago de una letra, su capital y sus intereses, permite al afectado iniciar un proceso ejecutivo con el fin de recuperar el dinero y los intereses. Esta clase de procesos se deben realizar ante los juzgados civiles, a fin de que se ordene el mandamiento de pago, y por extensión la aplicación de medidas cautelares en contra del deudor, tales como embargo de bienes inmuebles o muebles y posterior secuestro. Su abogado de confianza debe redactar la demanda, previa recepción de poder, anexar la letra original con firmas autenticadas y demás soportes legales. Por su consulta la letra esta vigente y no hay inconveniente en ella. Finalmente recuerde cancelar el arancel judicial del 1.5% del valor de las pretensiones para que su demanda no sea inadmitida. atte, Grupo Devoument Abogados S,A.

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