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Abogado de Fusagasuga especializado en Derecho Penal Económico
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Contestado
Apreciado usuario, el procedimiento de conciliación conforme a la ley no es obligatorio es resorte de la voluntad personal. Para conocer las etapas procesales y las correspondientes audiencias dentro de los procesos de carácter penal sencillamente consulte la ley 906 de 2004. Atte. PAA.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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