Indemnizacion por enfermedad laboral

Buen día.
La indemnización por enfermedad laboral no existe. Es importante tener en cuenta que si el trabajador se encuentra en un estado de debilidad manifiesta, el empleador no puede proceder con el retiro, sin que exista autorización por parte del Ministerio del Trabajo. No obstante, si se desea terminar el vínculo laboral, depende de las partes llegar a un acuerdo económico para conciliar o transar cualquier derecho renunciable y discutible. En cada caso se debe evaluar la situación y tener en cuenta cuál es la propuesta económica hecha por la empresa, cual debe ser una propuesta integral y suficiente que justifique la terminación del contrato de trabajo.

Eso depende de varios factores, el tipo de contrato suscrito, el salario, y otros; partimos de la base que seria un despido sin justa causa, ademas si como usted dice esta enferma, y la quieren despedir se requiere autorización del Ministerio de Trabajo.
Mas información en. socoldex.wix.com/socoldex

si devenga menos de 10 smlm 30 días de salarios por el 1 año y 20 adicionales por cada año adicional
si devenga mas de 10 smlmv 20 días de salario por el primer año y 15 adicionales por los años siguientes