Incumplimiento en pago de deuda en préstamo a un amigo

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil
Cordial saludo, somos el Bufete de Abogados Consultorio Jurídico Integral.
La letra que el deudor firmo, presta mérito ejecutivo, deberá usted llenarla de acuerdo con la carta de instrucciones y proceder a iniciar un proceso ejecutivo, con el fin de obtener el pago del dinero adeudado, si el deudor tiene bienes, usted podrá pedir en el proceso ejecutivo medidas cautelares, contra estos bienes, de modo que a través de estos, se garantice el pago de su dinero. El juez por su puesto fijará caución y librará mandamiento de pago. Podemos ayudarle, estamos para servirle. Un saludo

cordial saludo,
Para efectos de cobrar la letra usted deberá llenar la misma con base en la carta de instrucciones. En caso de no tenerla deberá desarrollar el título de acuerdo a las condiciones previstas al momento de prestar el dinero. Usted debe adelantar proceso ejecutivo con el fin de procurar el pago por vía jurisdiccional.