Inasistencia alimentaria 2
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Contestado
No sobre el embargo no porque el embargo esta dado sobre lo que usted debe, lo otro es que si puede citar a conciliacion para rebaja de la cuotas futuras.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Contestado
usted debe demostrar que tiene esas dos obligaciones adicionales. hágalo a través de abogado.
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