¿Hay inhabilidad para ser comerciante?
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Contestado
hace 10 años
Toda persona que según las leyes comunes tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio; las que con arreglo a esas mismas leyes sean incapaces, son inhábiles para ejecutar actos comerciales.
La ley comercial, para determinar si una persona es hábil para ejercer el comercio, se limita a determinar en primer lugar, si esa persona tiene la suficiente capacidad jurídica para poder asumir obligaciones y compromisos.
El Articulo 1503.- Toda persona es legalmente capaz, excepto aquellas que la ley declara incapaces.
Quizás esta persona podria incurrir en un conflicto de intereses, pero para adentrarse en ese asunto se debe revisar el caso a plenitud.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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