Falsedad en documento publico

Abogados Penalistas Jorge Andrés Amézquita T.
Abogado de Medellín especializado en Derecho Penal
Buenos días.
La conducta -en abstracto- tipificada por el art. 287 del Código Penal (Falsedad material en documento público), prevé una pena mínima de 48 meses. Responder si su conducta lo hace acreedor o no a una pena de prisión, conlleva evaluar múltiples aspectos, tanto de la conducta en sí misma (aspectos sustanciales), como de las actuaciones dentro del proceso (aspectos procesales). La suma de todos estos aspectos, determina, en primer término, la existencia o no de responsabilidad penal y, en segundo término, la cantidad de pena. Por dicha razón, responder afirmativamente o negativamente a su pregunta, depende, por un lado, de la evaluación precisa de las circunstancias del caso y, por otro lado, de la estrategia procesal que se adopte.
Cordial saludo.

claro, si cometió varios delitos, pero con mucho gusto le ayudo a legalizar todo, si quiere escriba a orlandorozco / hotmail/com 0 315/839/99/21

Si, si lo denuncian si puede ir a la carcel porque la falsedad de documentos es un delito.

SERGIO OSORIO Y CÍA LTDA ABOGADOS
Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal
no entiendo este caso. la redacción no me permite entrar a discutir sobre el mismo.