Divorcio matrimonio civil colombiano

Emilio Antonio Arroyo Galván
Abogado de Floridablanca especializado en Derecho de Familia
Bs tardes, si el bien inmueble fue adquirido antes de celebrarse el matrimonio, este no entra en la sociedad conyugal, sin embargo la valorización de este durante el matrimonio si se debe tenerse encuenta dentro de dicha sociedad.
Por otra parte si el inmueble se adquirio dentro del matrimonio, este se encuentra dentro de la sociedad conyugal. Para mayor información puede comunicarse con nosotros para analizar su caso personalmente.

Como el bien inmueble no fue adquirido antes de contraer nupcias matrimoniales; si no dentro del matrimonio, éste hace parte de la sociedad conyugal; ademas si se hubiere sido adquirido antes del matrimonio, tenia que haberse celebrado capitulaciones matrimoniales, para que el inmueble no hiciere parte de esa sociedad conyugal.

Si adquirió el bien inmueble antes de su matrimonio este no entra en la liquidación conyugal.
Saludos,