Despido con justa causa, liquidacion y pruebas

Para imponer cualquier tipo de sanción disciplinaria o invocar una justa causa es necesario que se lleve a cabo una diligencia de descargos, que debe respetar los mínimos legales y estar dentro del reglamento de trabajo, en ella el trabajador tiene la oportunidad de conocer claramente los hechos y podrá ejercer su derecho a la defensa.
En cuanto a si se pueden perder derechos, esto no es absoluto, pero si aplica para ciertas prestaciones sociales, que están taxativamente señaladas el código sustantivo del trabajo. Sin embargo no puede en ninguna circunstancia pasar por alto el procedimiento establecido por la ley para la aplicación de dichas sanciones .

La justa causa se le debe comunicar al trabajador al momento del despido, después no se pueden invocar otros hechos. El trabajador puede demandar y demostrar que no corresponde a los hechos invocados. Más sin embargo dice la Jurisprudencia que al trabajador le basta tan solo invocar el despido y la carga de la prueba le corresponde al patrono. La indemnización en todo caso es igual al periodo faltante para terminar el contrato o la prorroga si no se ha renovado.