Despido estando incapacitado

El trabajador subordinado con incapacidad de su EPS por enfermedad o accidente de origen común, no se le puede dar por terminado el contrato laboral sin justa causa, requiere necesariamente, adelantar un trámite ante Inspector de Trabajo. No es legal despedir a la trabajadora incapacitada, y si lo hace debe pagar una indemnización equivalente a 180 días, más prestaciones a que hubiera lugar. Además, las sentencias Sentencia C-531 del 10 de mayo de 2000 y Sentencia T- 519 de 2003, que da la posibilidad de reintegro del trabajador. Despedir con discapacidad o incapacitados, pero sin el trámite previo, es como despedir a una mujer embarazada, Conforme a la sentencia T-125 de 2009, la cual es, la presunción de que el despido sin justa causa se produce como consecuencia de su incapacidad.

Puedes demandar, toda vez que la Ley prevee que la causa del despido fue por la enfermedad.