Desalojo de inmueble con menores.

Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
Abogado de Bogotá especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
El desalojo de un inmueble solo opera LEGALMENTE cuando en previo proceso de RESTITUCIÓN DE INMUEBLE el Juez ordena la diligencia de lanzamiento, oficio del que usted debe ser informada el día de la diligencia, NI LA POLICÍA, NI EL DUEÑO pueden desalojar a nadie de un inmueble sin existir ORDEN DE JUEZ. Ahora cuando hay menores de edad en el inmueble a desalojar, el juez debe ordenar la presencia del BIENESTAR FAMILIAR, PROTECCIÓN SOCIAL o POLICÍA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA a efectos de que se respeten los derechos de los niños. Si usted ve que la integridad de su familia esta en riesgo y que el propietario del inmueble es PELIGROSO, preferiblemente concilie y evite problemas, - sino puede pagar un arriendo de 500.000, revise su finanzas y consiga un lugar de menor valor. La existencia de menores, personas enfermas, adultos mayores etc, NO son una causa LEGAL para justificar el incumplimiento en los cánones de arriendo, toda vez que el JUEZ podrá coordinar TODO lo necesario para la protección de personas indefensas, y tenga presente QUE SI EL JUEZ LO CONSIDERA PERTINENTE - podrá inclusive ordenar la custodia de sus hijos al BIENESTAR FAMILIAR si advierte que el entorno puesto por los padres es vulnerador de derechos esenciales. Por todo lo anterior es lo mejor CONCILIAR con el propietario, buscar un lugar que se pueda pagar con el presupuesto actual y evitar poner en riesgo a los menores de edad. - Las diligencias de lanzamiento son muy dolorosas para los niños que las experimentan, evite llegar a esos extremos.