Demanda de alimentos

-
Mejor respuesta según autor
usted es libre de tomar el camino que quiera, no lo pueden obligara a pagar una cuota alimentaria si previamente el niño no esta reconocido, ahora quien sabe si es suyo o no es usted de acuerdo a la edad del niño, pero si quiere usted puede antes de iniciar cualquier proceso de común acuerdo pagar la prueba de adn que en Colombia y gracias al dr. Yunnis son económicas. pero si no someterse a un juicio de reconocimiento de la paternidad que dura de 3 a 4 años pero en el cual su costo es elevado para los dos y en ultimas van a lograr lo mismo que si lo hacen de común acuerdo. ahora si la prueba arroja que el niño es suyo pues lo mínimo asuma el papel de papa y suerte y si no es suyo pues seguirá sin ser papa no tiene ningún problema.

CONSULTORIO JURIDICO INTEGRAL - Bufete de Abogados INTEGRITY LEGAL
Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil
Cordial saludo, somos el bufete de Abogados Integrity Legal, Consultorio Jurídico Integral, podemos ayudarle en su caso. Contáctenos, para recibir asesoría personalizada: juridico@colombia.com
Según lo que usted nos narra por el hecho de que el menor aún no esté reconocido usted no es su padre, por lo tanto en teoría no tiene la obligación alimentaria, lo más razonable para usted y para la madre, es en todo caso realizarse la prueba de ADN, para que sin necesidad de acudir a un proceso judicial largo y desgastante ustedes puedan tener la seguridad de si usted es o no es el padre.
En nuestro despacho podemos ayudarle con su caso. Contáctenos.
Si le gustaría contar con asesoría jurídica especializada, podemos atenderle en nuestras oficinas en Bogotá, o en linea desde cualquier lugar del mundo via Skype.
Le invitamos a contactarnos de inmediato. Consúltenos: juridico@colombia.com - Whatsapp - 301/333/88/00 - 3/16/494/0000 - BB Pin: 7A60D86D - Skype: abogadosbufete Esperamos que su caso se resuelva favorablemente. Estamos para servirle.