Demanda por agresion a mayor de edad

Abogados Penalistas Jorge Andrés Amézquita T.
Abogado de Medellín especializado en Derecho Penal
Buenos días.
No me queda clara su pregunta, particularmente en lo relativo al tipo de agresión. Tratándose del delito de lesiones personales, la correspondiente reparación económica depende de varias circunstancias, especialmente de la entidad de las lesiones (tipo de lesión, región anatómica afectada, tiempo de incapacidad, etc.). Si las lesiones producidas son menores (lesiones personales sin secuelas que produjeren incapacidad para trabajar o enfermedad sin exceder de sesenta días; lesiones personales con deformidad física transitoria; lesiones personales con perturbación funcional transitoria), la conducta sería querellable. Quiere esto decir que si usted ofrece una indemnización y la persona agredida la acepta, el proceso termina. Por el contrario, si la conducta es mucho más grave que las anteriores, da lugar a un delito. En este caso no es posible desistir del mismo, y el procedimiento debe continuar.
Cordial saludo.