Cuando se tiene la custodia del menor.
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SERGIO OSORIO Y CÍA LTDA ABOGADOS
Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal
Contestado
hace 10 años
es su menor?. es su hijo?
cómo va a entregarlo al ICBF?.
el ICBF no reemplaza la crianza.
El ICBF no reemplaza a los padres.
Si es su hijo adoptivo ó de sangre, debe asesorarse de sicólogos, profesores, médicos, etc para solucionar su problema.
si el menor no es suyo, no tiene madre ni padre, consulte al ICBF. De lo contrario, no.
trate de arreglar su problema, mirar sus fallas, las fallas de crianza y ver qué hace.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Contestado
hace 10 años
No para nada el mal comportamiento del hijo es responsabilidad de los padres y no del estado. debe es corregirlo, eso si e icbf le puede colaborar solo tiene que ir hasta las oficinas y que le colaboren.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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