cual es el procedimiento para demandar por abuso de confianza?

En este caso no se configura el delito de Abuso de confianza, pues simplemente se trata de una deuda que su amigo no le ha pagado, o como Usted dice, le está incumpliendo en el pago. Lo procedente es una demanda ejecutiva, pero como Usted según afirma no le hizo firmar ningún documento, debe primero proceder a realizar un interrogatorio de parte, haciendolo citar a un juzgado para que reconozca la deuda, y luego con ese documento, en caso de que efectivamente reconozca que le debe ese dinero, proceder a entablar una acción ejecutiva singular de cobro ante un juzgado civil

Debe hacer comparecer a través de un interrogatorio de parte que le formulara ante un Juez Civil Municipal del Domicilio del deudor, para que éste reconozca la obligación o contenido de la deuda. Ese interrogatorio de aceptación presta el merito ejecutivo que le serviría para presentar la demanda ejecutiva ante un Juez de la República. Tiene que aportar dos declaraciones extrajudiciales, de dos testigos que certifiquen la obligación del deudor en caso de que éste niegue la existencia de la misma, en dicha diligencia.

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Abogado de Bogotá especializado en Derecho Civil
Cordial saludo, somos el bufete de Abogados, Consultorio Jurídico Integral, podemos ayudarte. Contáctenos para asesorarte. juridico@colombia.com. No es muy claro que pueda configurarse un asunto penal en tu caso, pues evidentemente su intención inicial era realizar un negocio civil, esto sin embargo no significa que no pueda cobrar su dinero, es necesario saber por ejemplo si su amigo tiene bienes a su nombre, etc. Estamos para servirle.

No existe la posibilidad de demandarlo por abuso de confianza, pues lo que hay es incumplimiento de un contrato en este caso de prestamo. no hay prisión por deudas.