Coustodia para mi madre para sacar mi hija del pais

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Debe precisarse que la custodia y cuidado personal de un menor se litiga entre sus progenitores, excepto cuando éstos no garantizan sus derechos, caso en el cual debe ahondarse en principio en su familia extensa como son sus abuelos, tíos o hermanos mayores. De la consulta se induce una omisión de cuidado de la progenitora, siendo el progenitor y la abuela los que cuidan del menor. En este orden de ideas prima el derecho al interés superior del niño sobre cualquier derecho o potestad de la progenitora y por ello su abuela y padre deben seguir priorizando y garantizando la satisfacción integral del menor de edad. Bajo el supuesto antes descrito, la abuela se encuentran legitimada para solicitar la custodia y cuidado personal de su nieto(a), teniendo en cuenta el interés superior del niño y el no cumplimiento de las obligaciones legales de la madre, no obstante, la autoridad administrativa o judicial que conozca el caso ahondará en todas las redes familiares del menor para determinar la persona más idónea y apta de la familia, ya sea materna o paterna, para asumir tal responsabilidad. La abuela, en este caso, se encuentra legitimada para solicitar la custodia y cuidado personal de su nieto, teniendo en cuenta el interés superior del menor y el no cumplimiento de las obligaciones legales de la madre, y puede pedir el accionar de la justicia, ya sea a través de la vía administrativa ante el Defensor de Familia o por la vía judicial ante el Juez de Familia, previo agotamiento del requisito de procedibilidad. Si desea contratarnos escribanos a nuestro correo publicado en lexdir, con gusto le llevaremos y apoderaremos su caso, que dura dependiendo la vía de ejercicio , conciliatoria (2 meses)o judicial (2 años) promedio. Atte., Grupo Devoument Abogados S.A.