¿Es correcto el pago del 50% de mi salario por alimentos?
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LUIS FERNANDO TABORDA LOPEZ ABOGADO
Abogado de Bogotá especializado en Contratación Pública
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Contestado
hace 9 años
La medida de embargo y secuestro de una cuota alimentaria podrá ascender legalmente al 50% del valor del ingreso de la persona deudora del alimentante; pero éste tiene legítimo derecho de proponer igualmente, la reducción de esa cuota alimentaria, cuando se justifiquen ciertas y clara exigencias jurídicas, como es la necesidad real y material del alimentante; que se deberá distribuir entre la madre y el padre. Por otra parte, también se podría reducir la cuota alimentaria cuando se tienen a su cargo otros hijos, que están recibiendo una cuota de parte del padre o la madre, que soporta la medida ejecutiva.
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