¿Cómo se hace la venta de un inmueble que es herencia de 4 hijos, donde aun no se ha hecho juicio de sucesión?

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Lo correcto en su caso es proceder primero a hacer el proceso de sucesión, que si están todos de acuerdo, se podrá tramitar en una notaria, por conducto de abogado. De lo contrario si no hay confianza o hay conflicto deberá cursar ante los jueces de familia. Una vez culminada la sucesión y aprobada la partición del inmueble se procede registrar la sentencia o escritura con los nuevos propietarios, quienes en ese momento ya podrán vender y hacer escrituras a quien compre. Con la sucesión abierta también pueden vender los derechos sucesorales a quien desee comprar; pero aunque no se haya realizado la sucesión es posible adquirir derechos sobre el hotel y se realiza por medio de la compra o cesión de derechos herenciales regulada en los artículos 1857, 1967 y 1968 del Código Civil; esta figura permite que se compre a los herederos el derecho que tienen a heredar ese bien inmueble en la futura sucesión. Se debe tener en cuenta que lo que se compra no es el derecho real sobre el bien, sino el derecho o la expectativa que tiene el heredero del mismo. Para contratar los servicios de nuestra firma de abogados contáctenos al correo publico en lexdir.

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Sin duda el primer paso es la sucesión de común acuerdo en Notaría, una vez con la repartición, puede proceder a la venta del inmueble bien sea de común acuerdo o bien a través de un proceso pueden dividir el inmueble para que cada quien decida que hacer con su participación o bien para que sea vendido en subasta.