¿Cómo recuperar dinero faltante según la contabilidad?
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Basic

Contestado
hace 9 años
En respuesta a su pregunta, debemos separar la respuesta en dos partes.
a) Como empleados los mencionados funcionarios tienen derecho al pago del 100% de sus acreencias laborales, so pena de generar una sanción moratoria de un día de salario por cada día de retraso en el pago de su liquidación.
b) En el caso de los faltantes, se deben pedir los informes de rendición de cuentas, ya sea en diligencias pre judiciales o judicial, donde el revisor fiscal certifique la situación financiera de la cooperativa.
Cualquier aclaración con gusto la atenderé de manera inmediata.
FGaitan
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Basic

Contestado
hace 9 años
podemos asesorarlo(a) en el tema, si esta interesado en nuestros servicios, favor envíenos una solicitud de información.
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