¿Cómo puedo darle el apellido a mis dos hijos sin tener ningún compromiso con la madre?

Usted los reconoce como hijos y si aún no tienen el apellido del padre está en todo su derecho de registrarlos ante la registraduría del estado civil colombiano. En este caso acérquese a la Comisaría más cercana al lugar de residencia de los menores de edad para que exponga su caso, que allí le dan la orientación más adecuada para que pueda sin contratiempos realizar el registro de los menores.

No tiene que estar casado o vivir con la señora para que lleve su apellido, si usted es el padre biológico de los menores ellos deben llevar su apellido. Se requiere que amplie la información e indique que apellidos llevan los menores en la actualidad, si los de la madre o los de otra persona. De acuerdo a su respuesta le indicaríamos el camino a seguir...

Como usted lo dice el compromiso es con los hijos y no la mama, simplemente en la oficina donde están registrados los hijos va y llena el registro y ya.