¿Cómo obtengo la visa tp-10?

Grupo Devoument Abogados S.A. - Global.
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Apreciada usuaria: Cordial saludo. Al extranjero que desee ingresar al territorio nacional como cónyuge o compañero(a) permanente de nacional colombiano,le corresponde en efecto el tramite de la visa tp10, la vigencia de la visa es de tres (3) años. El titular de la visa TP-10 quedara autorizado a ejercer cualquier ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o contrato laboral. Esta clase de visa se expide sin perjuicio de los requisitos legales establecidos para el ejercicio de cada profesión u oficio en el territorio nacional. La permanencia del extranjero titular de esta visa será del total de su vigencia. Ahora, a su pregunta, la respuesta es si, usted puede acompañar a su esposa a la cancillería. Recuerde que es una visa temporal y el tramite interno puede demorar hasta 4 días. Tenga presente que también puede hacer la solicitud en linea y que según su clase de union serán los documentos. En uniones maritales de hechos se requiere Carta del nacional colombiano solicitando la expedición de la visa, para su cónyuge o compañero(a) permanente extranjero. No olvide que La autoridad encargada de la expedición de visas tiene la potestad de realizar entrevistas y solicitar mayor documentación, en los casos en que lo estime conveniente, de manera personal o por un medio de comunicación idónea. Si desea que esta firma la apodere para todos los tramites necesarios contáctenos: asistenciajudicialdevoument@gmail.com o llámenos: 3052446972. Sinceramente GRUPO DEVOUMENT ABOGADOS S.A.

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