¿Cómo debo terminar el contrato con la inmobiliaria sobre un alquiler de local?

Conforme al artículo 2189 del mencionado Código, una de las causales de terminación del mandato, aparte de la expiración del término, es la revocación del mandante. Esta revocación puede, a su turno, ser expresa o tácita, consistiendo la primera en la manifestación directa al mandatario de que ha cesado en sus funciones, y la segunda, en el encargo del mismo negocio a distinta persona.
Sin embargo y, como el contrato es una ley entre las partes, sería bueno estudiar qué establece acerca de su terminación, prórrogas, y destrates para los casos en los que una de las citadas partes decide unilateralmente darlo por terminado.
En resumen, el contrato de mandato puede revocarse en cualquier momento, aunque ateniéndose a las consecuencias de orden patrimonial que se hayan pactado. Es común que desde un comienzo las partes convengan para el caso de la revocación del mandato por el propietario, una suma significativa en caso de presentarse durante el primer año y una suma menor si la revocación ocurre durante sus prórrogas, esto como destrate y para resarcir los perjuicios que el mandatario pudiera sufrir con esa conducta.