Cobro de letra de cambio
Respuestas de otros profesionales:
Basic

-
1 voto útil
Contestado
hace 11 años
Puede iniciar una demanda ejecutiva a través de abogado para cobrarle la letra judicialmente, cabe aclarar que la letra prescribe a los 3 años de creada, entonces es mejor no dejar pasar tanto tiempo para este proceso, si desea podemos representarlo y cobrar la letra de cambio en su nombre. No dude en contactarnos.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado
Basic

Asociación Nacional de Abogados Litigantes ANDAL
Abogado de Bogotá especializado en Derecho Penal Común
VER PERFIL
-
1 voto útil
Contestado
hace 11 años
Se puede recuperar todo el dinero, tenemos que renovar la letra con un abono comuníquese con el numero celular trecientos tres cincuenta y cinco veintiocho cero cinco, abogado Benjamín Herrera
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado
Basic

-
1 voto útil
Contestado
hace 11 años
llame a conciliar para que le reconozca la deuda e inicie el proceso de embargo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado