Causa de despido por medio de contrato por obra o labor

Con base en su consulta me permito informarle que usted tendría derecho al pago de una indemnización que sin importar la duración del contrato, la empresa debe reconocer y pagar todos los conceptos propios de un contrato de trabajo, como la seguridad social y las prestaciones sociales en proporción al tiempo trabajado.
SERVICIOS JURIDICOS EMPRESARIALES
JHOJANS ARIZA
jariza.abogado@gmail.com

Se debe revisar el contrato suscrito entre usted y el empleador, y ver realmente la labor que estaba desarrollando, con mucho gusto nos puede enviar los documentos vía e-mail y nuestro equipo jurídico analizara la viabilidad del caso.
vanessarodriguezs.abogada@gmail.com - SERVILEGAL Abogadas Asociadas.-

Mucho tiempo con ese tipo de contrato.
Hay que revisar muchos factores,hay que revisar el contrato,y determinar si se puede configurar un contrato de trabajo,por ahora no existe de parte del empleador ninguna obligación de indemnizar al ser un contrato de obra o labor.