¿Caducan las demandas por alimentos, cuando el demandado salio de la ciudad para no pagar?

con todo respeto, el lugar para el cobro de los alimentos no es la fiscalía general de la Nación, son los juzgados de familia, previo a iniciar el proceso debió fijar en conciliación la cuota alimentaria, si fijo la cuota alimentaria y no la pago pues las debe y en consecuencia debe iniciar un proceso para recuperar las cuotas con intereses y todo como cualquier deuda, los alimentos se deben hasta los 25 años cuando la persona es normal o de por vida cuando tiene alguna deficiencia. Como lo e sostenido la gente recurre a la fiscalía cuando esta no es la competente para eso, la fiscalia no le reclama plata a nadie, ni fija cuotas alimentarias, sigue los procesos penales por el abandono de que fue victima el menor, que es una cuestión diferente y como todo delito tiene prescripción.