Abuso de confianza y atrribuciones que no debe tomar

Grupo Patrick y Avellaneda Inmobiliaria. Desde 1995. Su éxito en Finca Raíz y de Negocios es Nues...
Abogado de Fusagasuga especializado en Derecho Penal Económico
Proceda a comunicar a los arrendatario del inmueble, en oficio respetuoso, en donde usted les demuestre a través del certificado de libertad y tradición que usted es propietario del inmueble que ellos arrendaron. En el oficio asuma un tiempo prudente de 3 días hábiles para respuesta de los arrendatarios, todo a objeto de determinar si esta tratando con gente decente o con gente mal intencionada. Lo correcto será que los arrendatarios paguen el valor del arriendo 50 50 para cada propietario, ud y su ex esposa. Ahora y si esta estrategia pre - judicial no resulta, convoque ante la procuraduria unidad de servicios civiles y comerciales, una audiencia a fin de ventilar los asuntos que le afanan. Si a la audiencia no van o no acuerdan pagarle el 50% del valor del arriendo a ud., proceda a demandar judicialmente la restitución del inmueble, previa solicitud de la terminación del contrato de arriendo por NO pago de canon de arriendo en su 50%, siendo ud propietario del Inmueble.

Agote la conciliacion.

Agote la conciliacion.