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¿qué son los delitos querellables?

Guía publicada por:

Lexdir

Son delitos considerados de menor gravedad, que exigen que la persona afectada interponga una denuncia para iniciar la investigación, a diferencia de los demás delitos, en los que cualquier persona que tenga conocimiento del mismo puede interponer la denuncia o la Fiscalía puede actuar sin necesidad de denuncia.

Los delitos querellables con la inducción o ayuda al suicidio, lesiones personales sin secuelas que produjeren incapacidad para trabajar, lesiones personales con deformidad física transitoria, lesiones personales con perturbación funcional transitoria, parto o aborto preterintencional, lesiones personales culposas, violación a la libertad religiosa, injuria, calumnia, maltrato mediante restricción a la libertad física, malversación y dilapidación de los bienes de familiares, hurto simple cuya cuantía no exceda de 150 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), alteración, desfiguración y suplantación de marcas de ganado, estafa cuya cuantía no exceda 150 SMMLV, emisión y transferencia ilegal de cheques, abuso de confianza, aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito, alzamiento de bienes, disposición de bien propio gravado con prenda, defraudación de fluidos, acceso ilegal de los servicios de telecomunicaciones, malversación y dilapidación de bienes, usurpación de tierras, usurpación de aguas, invasión de tierras o edificios, perturbación de la posesión sobre inmuebles, daño en bien ajeno, usura y recargo de ventas a plazo, falsa autoacusación, infidelidad a los deberes profesionales, violación de los derechos de reunión y asociación.

Los delitos querellables caducan a los seis meses desde la comisión del delito, aunque puede ampliarse en otros seis meses si la víctima demuestra que no tuvo conocimiento del delito por razones de fuerza mayor.

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